Para la declaración anual de personas físicas se pueden aplicar ciertas deducciones personales o estímulos fiscales, en la siguiente tabla pueden observarse los topes y las limitantes en cuanto a la forma de pago.
*Honorarios médicos (incluyendo los pagos a psicólogos y nutriólogos), dentales y gastos hospitalarios (si los análisis clínicos incluyen IVA, deberás considerar la totalidad del comprobante, es decir, incluyendo el IVA). Tratándose de la compra de lentes graduados la deducción será hasta por un monto de $ 2,500.00. Se podrán aplicar dichas deducciones cuando hayan sido efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge y para sus ascendientes o descendientes en línea recta (hijos, nietos, padres, abuelos) cuando éstos 4 últimos no hayan tenido ingresos por una cantidad igual o superior a una Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevado al año ($ 30,838.85), y siempre que hayan sido pagados por medios electrónicos como: cheques nominativos del contribuyente; trasferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del mismo o mediante tarjetas de crédito, débito o de servicios.
Estímulos fiscales
En la página del SAT existe un visor de deducciones personales al cual puedes ingresar a través de la siguiente liga:
LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña
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